Los
Permisos de Trabajo para conyuges de titulares de Visados L y E ya son tramitados
y concedidos por el Servicio de Inmigracion (INS).
La tramitacion y concesion de Permisos de Trabajo dura aproximadamente tres
meses desde su inicio, y el conyuge debe presentar el justificante de posesion
de un Visado L o E, Visado L o E de su conyuge, certificado de matrimonio
con su conyuge y dos fotos tipo residencia.
El Visado L es aquel que puede ser obtenido por el Ejecutivo de una empresa que es transferido a la filial o afiliada en Estados, siempre y cuando el Ejecutivo haya estado trabajando en la sociedad-madre en el pais de origen al menos 12 meses con anterioridad a ser transferido a la filial o afiliada en Estados Unidos.
El Visado E es aquel que puede ser obtenido por ciudadanos de paises con los que Estados Unidos tiene firmado un Tratado de Comercio, siempre y cuando el aplicante venga a Estados Unidos a trabajar en una sociedad cuyo accionariado en su mayoria sea del pais con el que Estados Unidos tiene firmado un Tratado de Comercio, y que la sociedad en Estados Unidos desarrolle operaciones sustanciales de comercio, servicios o inversion entre Estados Unidos y el pais con el que se tenga firmado el Tratado de Comercio.
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