CUENTAS BANCARIAS

En Juris Magister entendemos que la sociedades que constituimos para nuestros clientes se crean con la intención de realizar negocios, y para ello es fundamental la apertura de una cuenta bancaria, por lo que en nuestra Firma estamos preparados para asistir a nuestros clientes en este proceso.

La mayoria de nuestra clientela internacional que constituye sociedades en Estados Unidos lo hace con intención de abrir las cuentas bancarias de la sociedad en Estados Unidos, pero se deben tener en cuenta dos importantes consideraciones.

  1. Regulaciones bancarias en Estados Unidos:

    Despues del 11 de Septiembre de 2001 las nuevas regulaciones bancarias en Estados Unidos han hecho complicada y muy burocratica la apertura de cuentas bancarias por personas no residentes en los Estados Unidos o por sociedades cuyos titulares finales no residan en los Estados Unidos.

    Primero, despues del 1 de Enero de 2007 no es posible tener sociedades con acciones al portador y que estas tengan cuentas bancarias en Estados Unidos.

    Segundo, el beneficiario final de cualquier sociedad tiene que ser registrado e “investigado” con objeto de que el banco conozca sin dudas ni reservas al beneficiario, sus negocios y sus fuentes de ingresos incluso fuera de los Estados Unidos.

    Tercero, cualquier persona extranjera que quiera invertir o realizar negocios en Estados Unidos debe obtener un Numero de Identificación Fiscal con el que debe presentar sus Impuestos. Adicionalmente, y si los Estados Unidos un tienen ratificado un Tratado de Intercambio de Información y Cooperación con el pais de origen, el extranjero puede ser reportado a su pais de origen.

  2. Consideraciones Fiscales:

Las Sociedades LLC o Sociedades LC son un tipo de Sociedades dotadas de importantes exenciones fiscales otorgadas por la Agencia Tributaria Federal americana (Internal Revenue Service –IRS).
Estas exenciones fiscales consisten basicamente en que mientras las Sociedades no realicen actividades de negocios en USA, ni reciban ingresos provenientes de una fuente americana, y sus socios no sean Residentes en Estados Unidos, estas Sociedades no tributan en Estados Unidos.

Sin embargo, el hecho de que un sociedad mantenga una cuenta en Estados Unidos puede ser considerado como “realización de negocios o trasacciones “ en Estados Unidos y en consecuencia, estaria entonces obligada a tributar en Estados Unidos..

Cuentas Bancarias Alternativas:

Considerando lo comentado anteriormente es importante pensar en alternativas a la hora de abrir cuentas bancarias.

España tiene una larga tradición en relación a la captación de inversiones extranjeras. Los bancos españoles tienen una muy buena reputación internacional y cumplen con los standards y todas las regulaciones bancarias internacionales y de la Unión Europea.

Andorra y Suiza aún consideradas jurisdicciones offshore, ambas cumplen con la legislación internacional relativa a blaqueo de capitales y otras actividades criminales internacionales. Sin embargo, la legislación interna no considera la evasión fiscal internacional como una actividad criminal. Ambas jurisdicciones han ratificado convenios con Estados Unidos en relación a la practica de retenciones por ingresos provenientes de fuentes internacionales, ello no obstante, el beneficario final nunca puede ser reportado ya que esto podria constituir una seria infracción penal y violación del secreto bancario.

Otras Jurisdicciones Offshore: no podemos recomendar ninguna jurisdicción offshore que no cumpla la legislación internacional en materia de blanqueo de capitales y otras actividades criminales puesto que las cuentas bancarias podrian ser bloqueadas y embargadas.

 

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